Cómo denunciar el maltrato o descuido de niños
¿Quién está obligado a denunciar el maltrato o descuido de niños?
Cualquier persona que tenga motivos razonables para creer que un niño ha sufrido maltrato o descuido puede hacer una denuncia de buena fe. Si usted está identificado como informante obligado, tiene la obligación legal de reportar sus inquietudes a la oficina local de la Administración de Niños (por sus siglas en inglés, "CA"), a la línea de apoyo para maltrato de niños, o a los cuerpos policiacos (RCW 26.44.030).
- Profesionales médicos
- Empleados profesionales de escuelas
- Consejeros de servicios sociales
- Psicólogos
- Especialistas en colocación y enlace
- Empleados o voluntarios de programas de hospedaje
- Médicos forenses, examinadores médicos y patólogos con licencia
- Farmacéuticos
- Proveedores de servicio de cuidado de niños certificados o con licencia y sus empleados
- Empleados del Departamento de Servicios Sociales y de Salud
- Empleados del Departamento de Aprendizaje Temprano
- Empleados del Departamento Correccional que se enteren do cacoc do posible maltrato o descuido de niños on el curso de su trabajo
- Empleados de educación superior estatal y privada
- Oficiales de libertad condicional para menores
- Miembros de cuerpos policiacos
- Padres suplentes con licencia
- Proveedores de cuidado colectivo certificados o con licencia, y sus empleados
- Empleados de programas de habilidades para la vida o de centros HOPE
- Empleados o voluntarios de la Oficina del Ombudsman de Familias y Niños
- Tutores ad litem (por sus siglas en inglés, "GAL")
- Defensores especiales asignados por la corte (por sus siglas en inglés, "CASA"
- Cualquier adulto que viva con un niño que sospecha que ha sufrido de maltrato grave, y que sea capaz de hacer una denuncia
- Todo supervisor de una organización con o sin fines de lucro que tenga motivos razonables para creer que un niño ha sufrido maltrato o descuido a manos de una persona que regularmente está bajo su autoridad, siempre y cuando la persona que se presume que ha cometido el maltrato o descuido sea empleada de la organización, esté contratada por ella o trabaje de manera voluntaria con ella, y entrene, prepare, eduque o asesore a un niño o niños o que tenga acceso regular sin supervisión a un niño o niños como parte de su empleo, contrato o servicio voluntario
¿Qué circunstancias Justifican una denuncia y cuándo debo denunciar?
Si existen motivos razonables para creer que un niño ha sufrido maltrato o descuido o que puede estar en riesgo de sufrirlos, la denuncia debe hacerse en la primera oportunidad y nunca debe tardar más de 48 horas. "Motivos razonables" significa que una persona atestigua el maltrato o recibe un informe escrito u oral creíble en el que se alega maltrato, incluyendo contacto sexual con un niño o descuido de un niño. (RCW 26.44.030)
¿Qué se puede denunciar?
- Maltrato fisico (definido en WAC 388-15-009)
- Abuso sexual (definido en WAC 388-15-009)
- Explotación sexual (definida en WAC 388-15-009)
- Tratamiento negligente o abusivo (definido en WAC 388-15-009)
- Abandono (definido en WAC 388-15-011)
¿En dónde denuncio sospechas de maltrato y descuido de niños?
A un cuerpo policiaco o a la sección de ingresos del Servicio de Protección al Nino (por sus siglas en inglés, "CPS") La CA ofrece varias maneras de denunciar el maltrato, entre ellas llamar al número 866-END-HARM (866-363-4276)
- Durante el día: Comuníquese con una oficina del CPS on su localidad: para https://fortress.wa.gov/dshs/f2ws03apps/caofficespub/offices/general/OfficePick.asp
- Noches y fines de semana Llame a la linea de ayuda maltrato y descuido de niños al 866-END-HARM (866-363-4276). Este número es la linea gratuita del estado de Washington, disponible 24 horas al día, 7 dias a la semana, para denunciar sospechas de maltrato o descuido de niños.
- Puedo encontrar informarihm denunciar maltrato y descuido de niños en: www.dshs.wa.gov/ca/child-safety-and-protection/how-report-child-abuse-or-neglect
¿Qué Información me pedirán?
- El nombre, la dirección y la edad del niño y de los padres, padrastros, tutores y otras personas que cuidan del niño. Si la madre o el padre son de ascendencia indigena americana o de nativos de Alaska.
- La naturaleza y el grado del presunto maltrato, descuido o abuso sexual de niños, incluyendo la naturaleza y el grado de cualquier presunta lesión o lesiones y de las lesiones anteriores.
- Cualquier otra información que pueda ayudar a establecer la causa de la muerte, lesión o lesiones del niño, y la identidad del presunto perpetrador o perpetradores.
Si se ha cometido un delito, es necesario notificar a la policía. Los informantes obligados que voluntariamente omitan hacer o provocar que se haga una denuncia serán culpables de un delito menor grave (RCW 26.44.080)